
Falsos positivos: Procuraduría pide a la JEP rebajar la condena de 20 años al coronel (r) Publio Hernán Mejía
Para la Procuraduría, la JEP incurrió en errores a la hora de tasar la pena impuesta al exoficial, a quien debería tenérsele en cuenta el tiempo que estuvo preso en la justicia ordinaria.
La Procuraduría General de la Nación apeló la condena de 20 años de prisión que la Jurisdicción Especial para la Paz (JEP) impuso al coronel en retiro Publio Hernán Mejía Gutiérrez, excomandante del Batallón La Popa de Valledupar, por su responsabilidad en 72 falsos positivos perpetrados entre 2002 y 2004.
El procurador delegado ante la JEP Fernando Antonio Burgos indicó que la JEP debe, en segunda instancia, rebajarle la pena al exoficial que en la justicia ordinaria había recibido penas de 19 años y que tras someterse a la justicia especial nunca aceptó responsabilidad alguna por los crímenes a pesar de los testimonios en su contra de sus propios subalternos.
“El llamado que hace el Ministerio Público en el marco de este recurso de alzada tiene que ver con la imperiosa necesidad de que el órgano de cierre hermenéutico de la JEP se anticipe y regule, proactivamente, todo lo relacionado con los cómputos por privación de libertad en el escenario adversarial y las redenciones de pena por trabajo y estudio”, señala el documento de apelación de 21 páginas conocido por CAMBIO.
“El compareciente Publio Hernán Mejía estuvo diez años privado de la libertad preventivamente, de tal suerte que dicha realidad debe ser tenida en cuenta a efectos de la imposición final de la sanción ordinaria”, señaló el procurador delegado, quien señaló que la individualización de la pena debe tener en cuenta el debido proceso.
“Para la Procuraduría es claro que la JEP administra justicia dentro del orden constitucional establecido y por ende no puede desconocer los ejes estructurales del Estado Social y Democrático de Derecho, así lo ha sostenido la Corte Constitucional y se desprende de los Actos legislativos fundacionales. Lo anterior redunda en que – aun en un escenario de gravedad como el que nos convoca- la imposición de la sanción deberá respetar la proporcionalidad de las penas y la prohibición de doble afectación punitiva”, señaló la entidad.
La Procuraduría indicó que en el caso de Publio Hernán Mejía se abordó de manera anticipada y condicionada la redención por parte de la Sección de Ausencia de Reconocimiento de Verdad y Responsabilidad “desbordó el ámbito funcional propio de la etapa de determinación de la pena e introdujo criterios ajenos al diseño legal de la sanción ordinaria”.
“Tal intervención genera una superposición indebida entre momentos distintos del sistema sancionatorio y compromete la coherencia interna del modelo transicional. No solo eso, sino que supedita la redención a la satisfacción de las víctimas”, señaló la Procuraduría que le pidió a la JEP unificar criterios sobre este asunto.
Mejía Gutiérrez fue hallado responsable, a título de dolo, como autor y coautor mediato, de los crímenes de homicidio en persona protegida, tortura en persona protegida y desaparición forzada. La JEP concluyó que en el interior del Batallón La Popa se puso en marcha un Ilegal ‘Aparato Organizado de Poder’, en el contexto del conflicto armado, atravesado por la doctrina del ‘enemigo interno’ y por incentivos ligados a resultados operacionales que privilegiaron las muertes como indicador del éxito militar, que permitieron los falsos positivos.
Según la JEP, hubo tres modalidades. La primera consistió en la alianza entre ese entramado ilegal del Batallón La Popa, liderado por el acusado, con el frente Mártires del Cesar de las Autodefensas Unidas de Colombia (AUC), encabezado por David Hernández Rojas, conocido como 39. La segunda modalidad consistió en el señalamiento, la retención ilegal y el homicidio de civiles, realizados directamente por miembros de la fuerza pública a través del Ilegal Aparato Organizado de Poder que operó en el Batallón La Popa, bajo el mando del coronel retirado Publio Hernán Mejía Gutiérrez.
Finalmente, la tercera modalidad se relacionó con infracciones al Derecho Internacional Humanitario, ya que se comprobó que combatientes heridos fueron ejecutados y que también se simularon enfrentamientos para asesinar a personas que ya habían depuesto las armas. Mejía Gutiérrez dice ser inocente y apeló la condena.
Lea los comentarios









