Ir al contenido principal
photologuephotos2025-03whatsapp_image_2025-03-10_at_093102jpeg
Reforma rural.
Poder

Jurisdicción Agraria: ¿habrá pronto decisión en la Corte Constitucional?

La Corte Constitucional revisa la ley estatutaria de la Jurisdicción Agraria que se aprobó por el Congreso en junio de 2024. El procurador Gregorio Eljach se declaró impedido y se suspendieron los términos del caso, mientras que el Gobierno defiende la norma. Detalles.

Por: Alejandra Bonilla Mora

La reglamentación de la Jurisdicción Agraria está a dos debates de ser ley en el Congreso de la República. La iniciativa es clave para implementar la reforma rural integral, que es el primer punto del acuerdo de paz con las Farc y ha implicado un esfuerzo importante para zanjar diferencias en el Legislativo sobre cómo debería funcionar esta justicia especializada para los problemas relacionados con el acceso y la tenencia de la tierra.

Ya se aprobó una reforma constitucional y la ley estatutaria de la Jurisdicción fue votada favorablemente en junio de 2024. No obstante, para que esa normatividad sea una realidad, debe pasar primero por el examen de la Corte Constitucional. Es un proceso que le tomará tiempo al alto tribunal, pues debe analizar artículo por artículo, y es un tema altamente complejo.

La Corte suele tomarse un año aproximadamente para tomar decisiones sobre leyes estatutarias, pero los plazos han variado. Por ejemplo, la normatividad sobre la participación paritaria de las mujeres en las diferentes ramas se demoró un año y la sentencia definitiva un mes desde que la Sala Plena tomó la decisión favorable.

De otro lado, la ley estatutaria que modificó la ley de administración de justicia llegó a la Corte en septiembre de 2021, la decisión se tomó en mayo de 2023 y la sentencia solo se emitió hasta mayo de 2024. No obstante, esa ley tenía cientos de artículos, mientras que, en el caso de la jurisdicción agraria, solo son 12 artículos.

¿Habrá pronto una decisión? El caso está en manos del magistrado Jorge Enrique Ibáñez y tiene términos suspendidos, ya que el procurador general, Gregorio Eljach, quien era secretario del Senado cuando se tramitó la norma, se declaró impedido.

La Sala debe resolver ese impedimento, y una vez lo haga, seguramente de forma favorable, empiezan a correr 30 días de plazo para que el viceprocurador, Silvano Gómez, presente el concepto que es clave en el trámite en la Corte.

Costos se estiman en 134.000 millones: Gobierno

A grandes rasgos, la iniciativa integra la Jurisdicción Agraria y Rural dentro de estructura de la rama judicial, crea jugados y tribunales agrarios y dispone que la Sala Civil -ahora llamada Sala Civil, Agraria y Rural de la Corte Suprema- será el órgano de cierre (con algunas competencias que quedan en manos del Consejo de Estado), y fija todas las reglas para su funcionamiento.

El Ministerio de Agricultura fue el primero en defender enfáticamente el articulado aprobado, apuntando que la Jurisdicción Agraria “permite resolver los obstáculos que limitan el acceso a la justicia de la población rural”, creando mecanismos para la solución de conflictos agrarios, incluyendo las disputas por la tierra.

El Ministerio hizo una extensa revisión del procedimiento legislativo para señalar que no se presentaron vicios de forma, uno de los elementos que más estragos ha causado para el actual Gobierno, pues varias de sus normativas se han caído en la Corte por fallas en el trámite en el Congreso. Además, la cartera dice que este trámite no requería de consulta previa.

El Ministerio del Interior señaló que, si bien el proyecto conlleva un impacto fiscal, “este ha sido cuidadosamente analizado y presupuestado, con el Ministerio de Hacienda y Crédito Público estimando los recursos necesarios en 134.000 millones de pesos”.

“La implementación de la jurisdicción agraria y rural es fundamental para la consolidación de la paz, brindando un mecanismo para resolución de conflictos relacionados con la tierra y el desarrollo rural. Además, asegura el acceso efectivo a la justicia para las poblaciones rurales, especialmente campesinos y grupos étnicos, mediante procedimientos adecuados a sus necesidades”, indicó.

El Ministerio de Justicia ahondó en el análisis de impacto fiscal para precisar que el Ministerio de Hacienda expidió el citado concepto el 30 de agosto de 2023, estimando que para este año costaría 134.000 millones de pesos, “lo cual incluye los costos asociados con el establecimiento de centros de apoyo técnico especializados para asuntos agrarios y rurales y el fortalecimiento de la Sala de Casación Civil Rural”.

“Con respecto al personal adicional dentro del Consejo de Estado cabe señalar que, durante el cuarto debate ante la Plenaria de la Cámara, los representantes votaron en contra de dicha ampliación y, ciertamente, en el texto que se acogió en el informe de conciliación no se aprobó el aumento de las plazas en el Consejo de Estado para pasar de 27 a 29 magistrados, con lo cual resulta claro que los costos que se estimaron inicialmente frente a este incremento de plazas ya no se van a causar”, señaló el Ministerio de Justicia al enfatizar que sí se tienen los recursos necesarios para la implementación de la jurisdicción.

El Ministerio, además, expresó la necesidad de que el Congreso apruebe lo más pronto posible la ley ordinaria, que es la reglamentación de la Jurisdicción Agraria, para poder ponerla en marcha y queden determinadas, en detalle, las competencias de los jueces agrarios y el tipo de conflictos que resolverán.

¿Hay problemas con el articulado?

En entrevista con CAMBIO, el exmagistrado de la Corte Constitucional Antonio José Lizarazo señaló que, en términos generales, lo que ha aprobado el Congreso tendría problemas porque se le estarían entregando a los jueces agrarios una serie de conflictos que no deberían resolver y que podrían implicar que la jurisdicción entre en marcha congestionada.

“En lugar de crear una jurisdicción para resolver el problema del acceso a la tierra y los conflictos agrarios, es decir, los que giran alrededor de la tenencia y la propiedad de la tierra, están creando una jurisdicción rural. Eso es muy distinto. Es una jurisdicción para tramitar procesos que involucran bienes rurales”, señaló.

Lizarazo explicó que, en su criterio, lo aprobado hoy implicaría que los jueces agrarios entren a resolver problemas que envuelvan predios, como las disputas entre parejas que se separan o las herencias.

“Van a crear una jurisdicción que nace congestionada de divorcios, ejecutivos, sucesiones, en fin. Todo proceso que involucre bienes rurales llegará a jueces que deberían ser creados, especializados, para resolver el conflicto de acceso a la tierra que involucra muchos componentes importantes que Colombia no ha podido resolver en toda la historia republicana y que no lo va a resolver con ese tipo de soluciones”, advirtió el jurista que finalizó su periodo en la Corte Constitucional en febrero pasado.

Hasta el momento, a la Corte no ha llegado una alerta en el sentido que expone el exmagistrado. El Observatorio de Tierras de la Universidad del Rosario, por ejemplo, pidió el aval del articulado señalando que el establecimiento de la Jurisdicción Agraria permite ampliar el margen del derecho fundamental de acceso a la justicia, especialmente a las poblaciones rurales “que hoy enfrentan distintas barreras de acceso a las instituciones judiciales”.

Por ejemplo, el Observatorio indicó que de los municipios cobijados con los Programas de Desarrollo con Enfoque Territorial (PDET), “el 78,2 por ciento no cuentan con jueces del circuito para resolver conflictos agrarios; el 81,2 por ciento no cuentan con centros de conciliación; (y) el 72,4 por ciento no cuentan con casas de justicia y centros de convivencia ciudadana”.

“La Ley Estatutaria que reglamenta la Jurisdicción Agraria avanza con el cierre de estas brechas al unificar y especializar la solución de conflictos agrarios por vía judicial a través de la consolidación de una estructura judicial específica y diferenciada para atender los asuntos de la ruralidad”, indicaron.

Por ahora, la Corte deberá resolver el impedimento del procurador Eljach y recibir su respectivo concepto, antes de elaborar el proyecto de fallo.

Finalización del artículo

Lea los comentarios

Temas en este artículo

Artículo exclusivo para suscriptores

Suscriptores

Compartir en redes sociales