
Corte confirma condena contra policías involucrados en crimen del joven grafitero Diego Felipe Becerra
La decisión cobija al teniente coronel (r) Nelson Jesús Arévalo Rodríguez, el subintendente Fleyber Leandro Zarabanda Payán, el sargento Juan Carlos Leal Barrero y al patrullero Wilmer Antonio Alarcón Vargas, quienes alteraron la escena del crimen.
La Corte Suprema de Justicia mantuvo las condenas dictadas en contra de varios integrantes de la Policía Nacional por haber realizado un montaje en el caso del joven grafitero Diego Felipe Becerra quien el 19 de agosto de 2011 fue asesinado por el patrullero Wilmer Alarcón. El joven estaba haciendo un grafiti en la calle 116 con avenida Boyacá en Bogotá, salió corriendo cuando vio una patrulla, fue perseguido, le dispararon y luego le plantaron una pistola calibre 22.
En esta ocasión, la Corte se pronunció sobre el caso del teniente coronel Nelson de Jesús Arévalo, entonces comandante de la Estación E-11 de Suba, quien hizo presencia en el lugar de los hechos junto con Alarcón, quien pagará una pena de 22 años de prisión por tener conocimiento desde el comienzo de que se consiguió un arma para hacer parecer que el joven patrullero había amenazado con arma de fuego al patrullero Alarcón.
Igualmente, ratificó las condenas del subintendente Fleyber Leandro Zarabanda Payán y del sargento Juan Carlos Leal Barrero por los delitos de favorecimiento al homicidio y tráfico, fabricación y porte ilegal de armas de fuego. Ahora, hizo una redosificación de las penas al encontrar que, en segunda instancia, el Tribunal impuso dos veces la agravación de los delitos. Por eso, la pena de Zaravanda Payán pasó de 246 a 228 meses de prisión y la de Leal Barrero de 246 a 240 meses de prisión.
En el caso del patrullero Alarcón Vargas, la Sala Penal de la Corte Suprema de Justicia le impuso una rebaja de pena, por lo que su condena pasó de 20 años y 6 meses de prisión a 19 años. En la decisión, el alto tribunal negó los argumentos de la defensa de los policías, que consideraban que estos hechos eran de competencia de la Justicia Penal Militar.
“Los hechos que les fueron imputados, esto es, la obtención de un arma de fuego y su implantación en la escena donde cayó abatido el adolescente para encubrir el homicidio que sobre él cometió el patrullero Wilmer Antonio Alarcón, ninguna relación tienen con las funciones que constitucional y legalmente les corresponden, más aún cuando las conductas objeto de acusación, por el contrario, resultan abiertamente opuestas a las funciones constitucionales de la fuerza pública y, por supuesto, ajenas al campo de competencia de la justicia penal militar”, dijo la Corte Suprema.
En este caso se probó que el primer informe lo hizo el sargento Leal Barrero, que el documento se entregó con demoras al CTI de la Fiscalía, que los uniformados buscaron el arma y la dispararon en otro lugar y luego la llevaron al lugar de los hechos, al tiempo que al joven no se le hallaron restos químicos de disparo sino trazas de la pintura que había usado para el grafiti.
“Son elementos todos que, vistos en contexto y de manera conjunta con el abundante material probatorio recaudado, no solo muestran veraces los relatos que critican los demandantes en el cargo común bajo análisis sino, además, refuerzan la escenificación del lugar donde D.F.B.L. fue abatido, con la presencia e intervención” de los uniformados mencionados, dijo la Corte.
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