
“El proyecto de Canal del Dique no está parado”: ANI defiende la ejecución de la APP
La Agencia Nacional de Infraestructura le dijo a CAMBIO que una vez aprobado el estudio ambiental requerido por la Anla como requisito previo, se puede dar inicio a las obras.
Por: Rainiero Patiño M.
Con el objetivo de solucionar de manera radical los problemas de navegabilidad y medioambientales que afectan el Canal del Dique y a las comunidades de su zona de influencia, el Gobierno nacional firmó con Ecosistemas del Dique, una empresa de Sacyr Concesiones, en diciembre de 2022, el contrato de concesión para la Asociación Público Privada (APP) Restauración de Ecosistemas Degradados del Canal del Dique.
La ejecución del proyecto, sin embargo, ha tenido inconvenientes, algunos de estos propios de una obra de tal magnitud, pero otros por decisiones diferencias entre el Gobierno nacional y el concesionario. La situación está en tal punto que, como publicó CAMBIO hace unas semanas, existe la posibilidad de que la Nación enfrente una millonaria demanda por parte de Ecosistemas del Dique, lo que afectaría el desarrollo de 36 grandes obras de infraestructura proyectadas para la recuperación ambiental del canal y una millonaria inversión social en los 19 municipios aledaños.
En respuesta a este riesgo, la Agencia Nacional de Infraestructura (ANI) le dijo a CAMBIO conoció que “no es cierto que el proyecto esté parado”. Y que esto se sustenta en que el alcance del proyecto se pretende materializar mediante la ejecución de obras en 14 Unidades Funcionales (UF) y una Unidad Funcional de Operación y Mantenimiento denominada UF 0, la cual se está ejecutando desde el 1 de junio de 2023, fecha de inicio del contrato y se debe mantener hasta el final de este el 1 de junio de 2038.
En términos precisos, la UF de operación y mantenimiento garantiza el dragado para asegurar suficiente profundidad y ancho para la navegación en la hidrovía del Canal del Dique. Adicionalmente, en esta se realiza el mantenimiento de vías y diques existentes en el área de influencia del Canal del Dique.
“Con lo anterior se soporta que, el contrato APP N°005 de 2022 está en ejecución actualmente y no se encuentra parado”, insistió la ANI.
Uno de los puntos clave de los inconvenientes en la ejecución de la APP fue el requerimiento de una licencia ambiental para el mismo hecho por la Agencia Nacional de Licencias Ambientales (Anla), en mayo de 2024. Lo que cambió las condiciones iniciales del acuerdo y suscitó la discusión de sobre quién recaía la responsabilidad presupuestal de los estudios técnicos requeridos para dicha licencia.
La ANI, sobre este tema, indicó que los términos de referencia fueron fijados por la Anla el pasado 30 de agosto de 2024 y que, sin embargo, luego de varias mesas de trabajo entre la ANI y el Sina (Sistema Nacional Ambiental) en pleno, se hizo necesario solicitar la aclaración de varios aspectos. Entonces, solo hasta noviembre de 2024 se obtuvo el pronunciamiento de la Anla con la aclaración solicitada.

Después de esto, el concesionario realizó la selección y contratación del consultor que se encargue de la elaboración del estudio de impacto ambiental requerido. A finales de enero de 2025, el concesionario remitió a la ANI el documento con las ofertas técnicas y económicas.
“Desde ese momento, la ANI, en conjunto con la Interventoría, han estado realizando la verificación de las propuestas remitidas por el concesionario a fin de presentar las observaciones a lugar, sobre lo cual se emitirá el pronunciamiento definitivo de la Agencia”, explicó la ANI.
La Agencia Nacional de Infraestructura también niega que existan diferencias entre la ANI y el concesionario sobre la responsabilidad de los gastos económicos generados por el estudio de impacto ambiental. Y que es claro que “los costos derivados del licenciamiento ambiental solicitado por la Anla deben ser compensados por la ANI al concesionario”. Pero que todavía no se tiene tasado el valor del estudio.
Además, que para la formalización del reconocimiento de esos costos es necesaria la firma de un otrosí al contrato, cuyos términos se han venido trabajando entre las partes.
Sobre los riesgos de que el concesionario pueda tomar acciones legales en contra de la ANI por incumplimientos en el millonario contrato, la ANI insistió en que no ha incumplido ninguna de sus obligaciones en el marco del contrato de la APP.
La Agencia dijo que no ha recibido mensaje o advertencia por parte del concesionario sobre inicio de acciones en su contra por presuntos incumplimientos de las disposiciones contractuales por parte de la entidad. Y que los trámites que han surgido obedecen a las respuestas a la petición hecha por la autoridad ambiental.
Sobre la posibilidad de que se pueda dar una terminación anticipada del contrato, la ANI señaló que “no se ha configurado ninguna de las causales, en consecuencia, no pudiera considerarse en la actualidad una liquidación anticipada”.
Por último, la agencia expresó que la elaboración del estudio de impacto ambiental, en el marco del licenciamiento ambiental no implica, por sí misma, la terminación anticipada del contrato. Por lo que espera que cumplido el requisito para el inicio de la fase de construcción de las obras, se proceda a la ejecución de la APP que tanto requiere la región.
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