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Garantizado el voto joven: Registraduría adopta medida clave para elecciones de octubre

Jóvenes entre 14 y 28 años podrán votar en el puesto de votación más cercano durante las elecciones del 19 de octubre para los Concejos Municipales y Locales de Juventud.

Por: Contenido especial

En un esfuerzo por promover la participación política de los jóvenes en Colombia, la Registraduría Nacional del Estado Civil anunció una medida que busca garantizar el derecho al voto de la población entre 14 y 28 años durante las elecciones de los Concejos Municipales y Locales de Juventud, que se celebrarán el próximo 19 de octubre de 2025.

A través de la resolución 7607 del 26 de junio de 2025, la entidad permitirá que los jóvenes, cuya tarjeta de identidad o cédula de ciudadanía esté habilitada en el censo electoral juvenil, puedan sufragar en el puesto de votación más cercano. Esta decisión tiene como objetivo facilitar el acceso al voto y aumentar la participación de este sector clave en la vida democrática del país.

Los Consejos de Juventud son mecanismos autónomos de participación, concertación, vigilancia y control de la gestión pública, conformados por jóvenes entre los 14 y los 28 años. Esta será la segunda vez que se llevan a cabo estas elecciones en Colombia, bajo la coordinación de las registradurías especiales, municipales y auxiliares de Bogotá, según el tipo de consejo correspondiente.

¿Quiénes pueden postularse?

Podrán aspirar a integrar los Consejos de Juventud aquellos jóvenes que cumplan con la edad mínima requerida para posesionarse y pertenezcan a uno de los siguientes tres sectores:

  1. Listas de jóvenes independientes, previamente registradas, que cumplan con el requisito de recolección de firmas.
  2. Procesos y prácticas organizativas, legalmente constituidos, que trabajen con o para la juventud.
  3. Partidos y movimientos políticos con personería jurídica vigente.

Adicionalmente, los candidatos deberán residir o tener algún vínculo laboral, educativo o comunitario en el territorio que desean representar y presentar una propuesta de trabajo ante la Registraduría correspondiente. Las listas deben ser únicas y cerradas, lo que implica que el voto se emite por toda la agrupación y no por candidatos individuales. Como principio de equidad, también se exige la alternancia de género en dichas listas.

Los requisitos específicos para cada tipo de lista están establecidos en el artículo 7 de la Ley Estatutaria 1885 de 2018.

Consulte el lugar de votación

Los jóvenes pueden consultar su lugar de votación actual ingresando al sitio web oficial de la Registraduría Nacional del Estado Civil: www.registraduria.gov.co, haciendo clic en la opción ‘Electoral’ y luego en el botón ‘Lugar de votación’.

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